miércoles, 10 de marzo de 2010

PEDIDO DE RESOLUCION DE LA CONCEJAL GALLARDO


La edil Deseadense Lidia Gallardo presentó mediante Resolución el requerimiento de implementar a través de la Secretaria de Programación Económica un acuerdo de precios teniendo en cuenta útiles escolares, productos indispensables de la canasta familiar, cortes carneos, avanzando a futuro con convenios similares con otros rubros de la economía.
Podemos citar como referencia que en diciembre de 2009 mediante Ordenanza Nº 5075 se crea la Oficina de Defensa del consumidor, estableciéndose un plazo de 30 días para su puesta en vigencia, previa reglamentación del Poder Ejecutivo Municipal.
VISTO:
La Ordenanza N° 5075-HCD-2009 sancionada por este Honorable Concejo Deliberante con fecha 16 de Diciembre de 2009, mediante la cual se creó la Oficina de Defensa al Consumidor;
CONSIDERANDO:
Que esta ordenanza en su Art. 15° establece entrar en vigencia a partir de la fecha de su promulgación en un plazo no mayor de 30 (treinta) días, debiendo ser reglamentada por el Poder Ejecutivo Municipal;
Que es objetivo de la Oficina de Defensa al Consumidor asesorar y orientar al consumidor promoviendo acciones, mediando entre empresarios y consumidores y ofreciendo propuestas conciliatorias;
Que de haberse puesto en vigencia sería una herramienta importante en la defensa de los consumidores. Hoy vemos como crece progresivamente el costo de la canasta familiar sin la posibilidad de tener este organismo funcionado para llevar adelante políticas que conlleven a palear la difícil situación económica por la que estamos atravesando;
Que ante la impericia de implementar medidas conducentes a lograr un acuerdo comercial que redunde en beneficio de la comunidad toda, y considerando que a través de esta oficina se podría canalizar de manera directa este tipo de consensos, es que solicitamos al Poder Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaria de Programación económica del Municipio de Puerto Deseado, proceda en un plazo de 48 hs de dictada la presente concretar las medidas establecidas en la presente norma.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

En uso de las facultades que le confiere la Ley 55 y concordantes de la Provincia de Santa Cruz:
R E S U E L V E
Artículo 1º)
El Poder Ejecutivo Municipal procederá a implementar a través de la Secretaria de Programación Económica en un plazo de 48 hs. de dictada la presente, un acuerdo de precios en lo que respecta a útiles escolares, productos indispensables de la canasta familiar, y cortes carneos rojos, tanto de los de especial consumo como los de popular consumo, como así también pollo, pescado y carne ovina, delegando expresamente facultades de control y vigilancia en las disposiciones adoptadas en defensa del consumidor, avanzando a futuro con convenios similares con otros rubros de la economía.
Articulo 2°)
Los acuerdos que se logren en función de lo establecido en el art. 1°) deberán ser difundidos masivamente.
Articulo 3°) DE FORMA

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