La Concejal Miryam Alonso presentó en el Honorable Concejo Deliberante un proyecto de Ordenanza para rescatar la memoria de los antiguos pobladores, a continuación se reproduce el texto completo. Para más información pueden ingresar en www.bloquealonso.blogspot.com
VISTO:
LA necesidad de rescatar la memoria oral a través de testimonios pertenecientes a los antiguos pobladores del lugar, y;
CONSIDERANDO:
Que el diálogo y la narración son las primeras y más genuinas formas discursivas a las que los seres humanos accedemos en el proceso de constitución como sujetos hablantes;
Que la Palabra hablada es la esencia del ser humano y la que nos proporciona “estar en el tiempo y en la historia” porque tiene fuerza creadora, pues, al nombrar crea lo nombrado;
Que, a través de la narración oral es posible tejer la trama histórica y “resucitar” tipos y costumbres ya olvidados;
Que es necesario aunar esfuerzos para organizar un “ARCHIVO DE LA PALABRA” que dé cuenta de la importancia en la vida de los pueblos.
Que entendemos que la exploración de nuestro pasado es el punto de partida para la explicación de nuestro presente,
Que una de las finalidades de este Archivo histórico es el de entrevistar a personas mayores, testigos que conservan la memoria de unos tiempos ya definitivamente desaparecidos, y sin cuyos recuerdos se perderían para siempre
Que el presente archivo se puede completar con grabaciones existentes en las radios, canales de televisión y otro tipo de grabación existente que nos remonte a acontecimientos históricos de nuestra localidad, antiguas costumbres, eventos, etc.;
Que es sumamente interesante y valioso poder registrar la historia de nuestro pueblo, para poder acceder a ella no solamente por la letra de quienes la transcriben o interpretan, sino a través de la voz o la imagen de quienes la vivieron y constituirnos de esa manera en interpretes de los acontecimientos permitiéndonos acceder a la historia libre de las subjetividades de los autores;
Que si el investigador desea conocer el pasado no debe recurrir tan solo a una parte de la información: a la Historia tradicional escrita; sino que debe alimentarse de las referencias orales y la voluntad de englobar distintas áreas del comportamiento humano integrando métodos y técnicas que tengan como finalidad la consecución de la denominada "Historia Total"; la idea de reconsiderar el campo de acción y las fuentes de las que se obtienen los datos;
Que por lo expuesto es menester sancionar el instrumento legal pertinente.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
En uso de las facultades que le confiere la Ley 55º y concordantes de la Provincia de Santa Cruz, sanciona con fuerza de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º) CREASE el ARCHIVO DE LA PALABRA DE LA LOCALIDAD DE PUERTO DESEADO, debiendo a tal fin propiciar acciones que rescaten esta práctica de “preservación” de la memoria y la identidad por medio del protagonismo de instituciones educativas, bibliotecas populares, clubes, medios de comunicación, ONG, y toda otra institución social que quiera participar.
Artículo 2º) EL Archivo de la palabra estará integrado por todo tipo de material sonoro y/o fílmico de propiedad de la Municipalidad de Puerto Deseado y cedido o donado por particulares, empresas, medios de comunicación y comunidad en general que hagan a la preservación al acervo histórico y cultural de nuestra localidad.
Artículo 3º) SERAN objetivos del ARCHIVO DE LA PALABRA
• Recopilar datos que permitan crear un archivo oral lo más completo posible, abordando temas que forman parte de lo que se conoce como cultura popular así como todas aquellas referencias de carácter histórico que se conservan en la memoria de nuestros mayores.
• Recoger materiales de otro tipo en diferentes formatos (fotográficos, documentos escritos, audiovisuales, objetos materiales, etc.).
• Proporcionar contexto y detalle a la información capturada, haciendo visible lo invisible.
• Poner en conocimiento la riqueza de nuestro patrimonio oral sometido a un inexorable proceso de desaparición.
• Poner al servicio de la comunidad científica un archivo que pueda servir de base a estudios abordados desde disciplinas muy diversas (Historia, Sociología, etc.)
Artículo 4º) A efectos de proceder a la recopilación de la información del Archivo se establecen las siguientes acciones
Recopilación de datos: este ciclo se desarrolla a través del trabajo simultáneo de dos investigadores, determinando en primer lugar las cuestiones a documentar dentro de la amplitud y diversidad de aspectos de la denominada “cultura tradicional”; siendo de orientación tanto etnográfica como histórica.
Selección de áreas geográficas, rurales y urbanas: el área de trabajo se centra en la ciudad de Puerto Deseado y su área de influencia. Los criterios de selección de las unidades geográficas están determinadas por la existencia e importancia de una marcada identidad local.
Selección de informantes: muestras representativas de individuos capaces de proporcionar información pertinente acerca de las cuestiones a documentar elaboradas durante el diseño de la investigación
El trabajo de campo: La recopilación de datos se basa, fundamentalmente, en la encuesta directa con los informantes. Las entrevistas se llevan a cabo tanto a grupos focales como a personas de forma individual.
Tratamiento de la información recogida: Fijación de los documentos orales, así como de cualquier otra documentación asociada, en soporte digital.
Artículo 5º) AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente ordenanza y, determinar el lugar de funcionamiento del referido archivo, conjuntamente con el archivo de Prensa Municipal.
Artículo 6º) DE FORMA.-
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